Entorno legal y normativo
Responsabilidades ambientales nuevas y ampliadas en el "Plan de Trabajo" RIBA
Inicio Informar al cliente sobre las nuevas obligaciones ambientales.
  Colocar las "obligaciones de cuidado ambiental" dentro del informe.
  Informar sobre las consecuencias ambientales del lugar elegido.
Viabilidad · Comprobar la viabilidad de la relación medioambiente/diseño.
  Asesorar en las reuniones con técnicos "verdes"
  Investigar las consecuencias/oportunidad ambientales del lugar.
Propuestas generales · Desarrollar estrategias "verdes" en el diseño.
  Obtener la aprobación para un consumo inusual de energía o para aspectos ambientales del proyecto.
Diseño del esquema Definir los parámetros ambientales en el diseño.
  Comprobar la aproximación "verde" del proyecto y la construcción con los controles de costes y legislativos.
Diseño detallado Obtener la aprobación final para el plan de diseño ambiental.
  Comprobar la "benignidad" de los materiales a especificar.
  Llevar a cabo una amplia estimación de la "valoración del ciclo de vida" de los componentes.
Información de la producción Asegurarse de que el diseño, los detalles y las especificaciones están de acuerdo con las obligaciones ambientales actuales y de que se aplica la legislación vigente.
Facturas de cantidades Comprobar que las facturas de las cantidades permiten al contratista llevar a cabo sus obligaciones ambientales en la edificación.
Ofertas Obtener la "declaración de política ambiental" de los ofertantes.
  Informar a los ofertantes de las obligaciones ambientales.
Planificación del proyecto Informar al constructor elegido de las obligaciones y leyes ambientales.
Operaciones en el lugar Controlar las operaciones en el lugar para asegurarse de que se sigue una adecuada política ambiental.
  Llevar a cabo comprobaciones puntuales de comportamiento ambiental.
Finalización Asegurarse de que el edificio funciona ambientalmente.
  Comprobar que los controles ambientales se realizan y que han sido comprendidos.
  Compilar la Declaración Ambiental para la edificación
Información · Enseñar el comportamiento ambiental del edificio.
  Divulgar los resultados de las iniciativas ambientales en los periódicos.
  Preparar un manual del usuario para los subsiguientes propietarios/ocupantes.
   

 

Ya, en un tono más particular, han sido publicadas a nivel de Estado y a nivel de Comunidad Autónoma (de Cataluña), por parte de la Conselleria de Medi Ambient (organismo pionero en el Estado Español) una serie de disposiciones sobre ahorro energético y sobre la gestión de residuos que puede ser capaz de afectar (aunque no de una manera directa), a la confección del proyecto de arquitectura y al contenido de la documentación que genera.

Es muy antigua la norma CT.79, que regula la cantidad de aislamiento que tiene que tener un edificio para reducir su gasto energético. El objetivo básico de esta norma no fue ni el control del impacto medioambiental, ni la reducción de la tasa de emisiones gaseosas a la atmósfera, ni la reducción del consumo de energías no renovables. Esta norma tenía un contenido fuertemente economicista en el momento en que los precios del crudo subieron extraordinariamente como consecuencia de la primera crisis del petróleo.

Hoy, como podremos comprobar en desarrollos posteriores de este mismo trabajo, los gruesos de aislamiento que se obtienen como consecuencia de la aplicación de esta norma (entre 2 y 4 cm., en función del tipo de aislamiento), son claramente insuficientes si la referencia consiste en desarrollar una solución óptima desde el punto de vista medioambiental. Si el objetivo es este último, es decir, el control del gasto energético extendido a TODA LA VIDA ÚTIL DEL EDIFICIO, se tendrían que usar valores del orden de 10 a 12 cm., aspecto que se ha deducido de sendos estudios de ACV aplicados a las soluciones constructivas más habituales.

Adoptando criterios parecidos a los de EDWARDS, en las tablas anteriores se ha confeccionado la tabla siguiente, que recoge la legislación y normativa española y catalana referida al control del factor energético.